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Actividades educativas en el Tiempo Libre

Aquí puedes encontrar lo que se necesita para la organización de COLONIAS, CAMPAMENTOS, MARCHAS VOLANTES Y CAMPOS DE TRABAJO:

Estas actividades, en Euskadi, están reguladas por el Decreto 170/1985, de 25 de junio y por la Ley 2/2022 de Juventud.

Las entidades organizadoras que realicen actividades en las que participen personas menores de 18 años que conlleven pernoctación fuera del domicilio familiar, deberán realizar la comunicación previa de la actividad, a la Diputación Foral correspondiente al territorio donde se realice la actividad:

Cuando la actividad se realice en varios territorios, la comunicación previa de la actividad deberá dirigirse a la Dirección de Juventud del Gobierno Vasco, a través del correo electrónico gazteria-europa@euskadi.eus

La comunicación deberá presentarse con un mes de antelación, como mínimo, antes de la realización de la actividad. Además, la persona responsable de la actividad deberá estar en posesión de la tarjeta de desplazamiento de la Seguridad Social o similar de todas las personas integrantes de la actividad, de la póliza vigente del Seguro de Responsabilidad Civil y asistencia sanitaria, y de la autorización paterna o materna por escrito de las personas menores de edad.

Podéis encontrar más información en la página web del Gobierno Vasco: Gazteaukera

La comunicación previa se efectuará presentando la siguiente documentación:

  • Modelo de Comunicación Previa de la Actividad (firmada por el/la director/a).
  • Autorización de la persona propietaria o administradora del terreno, instalación o edificio que se va a utilizar para el alojamiento.
    • En caso de utilizar un terreno al aire libre, además, se deberá adjuntar: 
      •  Informe favorable del Ayuntamiento o Junta Administrativa.
      • Un plano gráfico del terreno en el que conste las características del emplazamiento (coordenadas y distribución de las instalaciones) y el acceso al mismo.
      • Formulario de datos sobre Aguas de consumo y su control.
    • En caso de una marcha o campamento volante, se deberá adjuntar un listado en el que se indique para cada una de las pernoctaciones: fecha de la pernoctación, denominación de la instalación o terreno, dirección, localidad y provincia (en caso de utilizar un terreno al aire libre, adjuntar informe del ayuntamiento), nombre de la persona o entidad propietaria (adjuntar autorización, copia del contrato de uso, reserva o lo que corresponda en cada caso).
  • Título de Director/a de actividades en el Tiempo Libre Infantil y juvenil o títulos equivalentes con éste.
  • Títulos de monitores o monitoras o equivalentes a estos: por cada 15 participantes que sobrepasen los 10 primeros, habrá de contarse con otro monitor o monitora. De éstas deberán estar tituladas el 40%.
  • Toda aquella otra legislación que corresponda a la actividad que se desarrolla.